Nuevo Sueldo Mínimo En Chile Comienza A Regir Con Efecto Retroactivo Y Ajusta Beneficios Laborales

El ingreso mínimo mensual quedó fijado en $553.553 para trabajadores entre 18 y 65 años, con vigencia desde el 1 de mayo de 2026. La normativa también actualiza los montos para trabajadores menores de 18 años y mayores de 65 años, además de modificar los tramos de la Asignación Familiar y otros beneficios asociados.

El nuevo reajuste del sueldo mínimo en Chile ya considera aplicación retroactiva, por lo que los empleadores deberán regularizar las diferencias generadas desde mayo de 2026 en las respectivas liquidaciones de remuneraciones. La modificación también impacta el cálculo de gratificaciones legales y beneficios vinculados al ingreso mínimo, estableciendo nuevos valores que deberán ser considerados por trabajadores y empleadores.


El sueldo mínimo en Chile quedó establecido oficialmente en $553.553 mensuales para trabajadores mayores de 18 años y hasta 65 años, luego del reajuste aprobado mediante ley.

La nueva cifra tiene vigencia desde el 1 de mayo de 2026, lo que implica que el aumento debe aplicarse de manera retroactiva a quienes correspondía percibir el ingreso mínimo desde esa fecha.

El reajuste reemplaza el monto anterior y obliga a los empleadores a calcular las diferencias pendientes generadas durante el periodo en que aún se pagó la remuneración con el valor previo.

Pago Retroactivo Y Regularización De Remuneraciones

Debido al carácter retroactivo de la norma, las empresas deberán incorporar las diferencias salariales en las liquidaciones de sueldo correspondientes.

Esto significa que quienes recibían una remuneración equivalente al ingreso mínimo deberán recibir el ajuste acumulado desde el 1 de mayo de 2026, considerando la diferencia entre el monto anterior y el nuevo valor legal.

El pago retroactivo también tiene efectos en aquellos cálculos laborales que utilizan el ingreso mínimo como referencia, entre ellos algunas prestaciones y obligaciones establecidas en la legislación laboral.

Nuevos Montos Para Distintos Grupos De Trabajadores

La ley estableció además un ingreso mínimo mensual diferenciado para trabajadores menores de 18 años y mayores de 65 años, fijándolo en $412.938.

Asimismo, se determinó un monto de $356.815 para efectos no remuneracionales, cifra utilizada para determinados cálculos legales y administrativos.

Estos valores comenzaron a regir desde el 1 de mayo de 2026 junto con el nuevo reajuste general.

Efectos En Gratificaciones Legales

El aumento del ingreso mínimo también tiene impacto en las gratificaciones legales, debido a que una de las modalidades establecidas por el Código del Trabajo considera como referencia una proporción del ingreso mínimo mensual.

En el caso de la gratificación anual garantizada equivalente al 25% de las remuneraciones devengadas en el ejercicio comercial, existe un tope expresado en relación con 4,75 ingresos mínimos mensuales.

Con el nuevo sueldo mínimo, dicho límite se actualiza, modificando el monto máximo que podría alcanzar este beneficio para quienes reciben gratificación bajo esa modalidad.

El cálculo final dependerá del sistema de pago aplicado por cada empleador y de las remuneraciones correspondientes a cada trabajador.

Cambios En La Asignación Familiar

Junto con el reajuste salarial, también fueron actualizados los tramos y montos de la Asignación Familiar y Maternal del Sistema Único de Prestaciones Familiares.

Los nuevos valores quedaron establecidos de la siguiente forma:

  • Beneficiarios con ingresos mensuales hasta $649.039: reciben $22.601 por carga familiar.
  • Beneficiarios con ingresos superiores a $649.039 y hasta $947.990: reciben $13.870 por carga.
  • Beneficiarios con ingresos superiores a $947.990 y hasta $1.478.539: reciben $4.382 por carga.

Además, el Subsidio Familiar quedó fijado en $22.601 por carga para el periodo correspondiente.

Próximo Reajuste En Enero De 2027

La normativa contempla un nuevo reajuste automático para enero de 2027, calculado según la variación acumulada del Índice de Precios al Consumidor (IPC) entre mayo y diciembre de 2026, de acuerdo con los datos oficiales entregados por el Instituto Nacional de Estadísticas (INE).

De esta manera, el ingreso mínimo continuará ajustándose según la evolución del costo de vida, mientras trabajadores y empleadores deberán adecuar sus cálculos laborales conforme a los nuevos valores establecidos.

Fuente / Referencia:

  • Ley de reajuste del Ingreso Mínimo Mensual.
  • Dirección del Trabajo.
  • Diario Oficial de Chile.
  • Instituto Nacional de Estadísticas (INE).
  • Antecedentes legislativos sobre reajuste de sueldo mínimo, asignaciones familiares y maternales. (Diario Concepción)