Ronnie Fook Lorca, sentenciado a 16 años de prisión, ahora cumple arresto nocturno, generando temor en sus víctimas.
La comunidad de Arica se encuentra conmocionada tras la decisión de la Corte Suprema que modificó la medida cautelar de Ronnie Fook Lorca, condenado a 16 años de prisión por la doble violación de Julia y Catalina. Fook, quien había sido sentenciado a cárcel efectiva por el Tribunal de Arica, ahora cumple arresto domiciliario nocturno, a la espera de la ejecución de su sentencia. Esta situación ha generado temor entre sus víctimas, quienes viven cerca del agresor y enfrentan la posibilidad de un riesgo de fuga.
Los hechos por los cuales Ronnie Fook fue condenado son escalofriantes. El 1 de noviembre de 2014, tras vendarle los ojos, golpearla y amarrarla, violó a Julia al interior de su vehículo, cerca de la Villa Frontera de Arica. Posteriormente, la dejó en su casa como si nada hubiera ocurrido.
El 20 de mayo de 2022, repitió el patrón. Llevó a Catalina hasta unos galpones del Cerro Chuño, la golpeó y amenazó con matarla a ella y a su hijo si no se desvestía. La violó en múltiples ocasiones y la drogó, para luego dejarla en su casa a la mañana siguiente.
Ambas víctimas tenían en común que conocían a Ronnie Fook y confiaron en él al aceptar su ofrecimiento de llevarlas a casa después de compartir con otras personas. Fue Catalina, la última víctima, quien tuvo la valentía de denunciarlo el mismo día del ultraje, llegando al hospital de Arica aún bajo los efectos de las drogas para realizarse exámenes.
El Ministerio Público construyó un caso que se extendió por tres años, culminando en la condena de 16 años de prisión efectiva para Fook. Sin embargo, su defensa, a cargo del abogado Wladimir Robles Santos, interpuso un recurso de amparo para solicitar arresto domiciliario. La Corte de Apelaciones rechazó la solicitud, pero la Corte Suprema la acogió, dejando a Ronnie Fook solo con arresto nocturno.
El Horrendo Relato de Catalina
El 20 de mayo de 2022, Catalina asistió al cumpleaños de una amiga, M., donde también se encontraba Ronnie Fook Lorca, cuya presencia sorprendió a la mayoría de los asistentes.
Catalina relató que se sintió bien durante la celebración y que su plan era irse temprano debido a compromisos con su hijo al día siguiente. Sin embargo, M. insistió en que se quedara un poco más. Después de comer torta y cantar karaoke, Catalina avisó que se iría en un Uber. Fue Ronnie quien la detuvo y le ofreció llevarla en su auto, a ella y al resto de los invitados. Catalina envió el último mensaje a su madre cerca de las 5:30 a.m. para avisarle que ya iba a casa.
Según la declaración de Catalina ante la fiscalía, Ronnie organizó el trayecto de manera que ella fue la última en ser dejada. No le pareció extraño, ni siquiera cuando, una vez solos, él mintió diciendo que tenía que desviarse para recoger ropa. La sospecha comenzó cuando se dirigieron por la calle Capitán Ávalos, que conduce al Cerro Chuño, momento en que sintió miedo.
“Llegó hasta el final de la calle hasta un “peladero” y luego da la vuelta en U. Se detiene bruscamente. Ella pensó que la iba asaltar. Le extrañó la actitud que tuvo. Ella le dijo que si la robaba la dejara ir, sin embargo, la tomó del pelo muy fuerte y le pegó con algo, no sabe qué habrá sido, era algo duro como cuadrado. Le dice que se saque la ropa sino la mataría a ella y a su familia”, relata Catalina.
La violó en múltiples ocasiones dentro del auto. Luego la obligó a ponerse el pantalón y a bajar del vehículo para entrar a un galpón. Ahí la volvió a violar. Después, “se desaparece como dos minutos y vuelve con unas pastillas blancas en la mano y un jarabe. Le apretó la cara muy fuerte y la obliga a que se las tomara. Le mete las pastillas en la boca por la fuerza. No sabe cuál medicamento era porque pierde el conocimiento”.
Al día siguiente, a las 12:15 p.m., Ronnie la dejó en su casa. Las cámaras del pasaje la muestran tambaleándose, con el cabello desordenado y la ropa mal puesta. Su madre, desesperada por su ausencia, apenas la vio cruzar la puerta, le preguntó qué había pasado. Catalina no escuchaba ni comprendía, y se encerró a llorar en su habitación. Descubrió que Ronnie le había quitado el chip de su celular.
Conectada al Wi-Fi de su casa, Catalina revisó el grupo de WhatsApp de la fiesta, donde todos la buscaban. En un audio enviado por M., se escucha: “¿Cómo chucha puede ser que pasen estas hueas? ¿Cómo chucha va a desaparecer la Cata? No habrán pescado al Ronnie, hueon, por andar metido en sus cagás y habrá caído la Cata”.
Acompañada, Catalina acudió al servicio de salud para exámenes. Denunció la violación a los médicos, quienes alertaron a la Brigada Investigadora de Delitos Sexuales (Brisex) de la PDI. La entrevistaron con dificultad, ya que Catalina no podía hablar y se quedaba dormida. Según su relato y el fallo judicial, los policías no le creyeron. “El policía viene, me mira y me dice: ‘Pero es que a ti no te pasó nada. Es que tení que llegar en ambulancia’. Yo le dije: ‘¿O sea usted está esperando que llegue muerta?’”, recordó Catalina. Tras este trauma, durmió casi cinco días seguidos.
Un Patrón de Abuso: El Caso de Julia
Ocho años antes, Ronnie Fook había repetido el mismo patrón. La víctima, Julia, se encontraba en el sector La Puntilla de Arica el 1 de noviembre de 2014. Fook se ofreció a llevarla a casa y, una vez solos en el vehículo, mintió diciendo que debía ir a buscar a su tía al aeropuerto.
Cuando Julia se dio cuenta de que se dirigían a un descampado, ya no pudo escapar. Ronnie, usando una pistola, la amenazó.
“Refiere que fue amarrada de pies y manos, después procede con el acto. Esto duró como 45 minutos a una hora, y después como si nada hubiese sucedido, le dijo que se suba a la parte del copiloto y que no le cuente a nadie porque él haría todo lo posible para que nadie le creyera”, se lee en la declaración.
Después de que Ronnie la dejara en su casa, Julia contó lo sucedido a su madre y abuela. Ellas le dieron dinero para la pastilla del día después y acordaron no hablar más del tema, especialmente con su padre. Además, Ronnie la amenazó con una querella por injurias si lo denunciaba.
Julia no denunció durante ocho años, hasta que se enteró de lo sucedido a Catalina. Ambos casos se unificaron en una única causa que llevó a la condena de su agresor.
Las Pruebas y el Sorprendente Fallo
En el caso de Julia, las pruebas directas eran casi inexistentes debido al tiempo transcurrido. Para acreditar los hechos de 2014, fueron cruciales los testimonios de diversos testigos y profesionales, como el de la psicóloga que atendió a la víctima. La profesional determinó que los síntomas de Julia eran consistentes con un trastorno de estrés postraumático, común en víctimas de violencia sexual.
“Estos síntomas, principalmente, tenían que ver con un miedo intenso, con sintomatología ansiosa, con pensamientos intrusivos, también se conocen como flashback que son recuerdos involuntarios de la experiencia de victimización propiamente. Ella comienza a generar un proceso disociativo evitativo de esta experiencia, como querer olvidar esta situación, de no pensar respecto de estos hechos”, acreditó la psicóloga.
Por otro lado, Catalina presentó diversas pruebas que la defensa de Ronnie, a cargo del abogado Wladimir Robles Santos, intentó desacreditar. Entre ellas, el peritaje sexológico que, aunque no encontró “lesiones evidentes”, sí confirmó actividad sexual reciente. El legista no pudo determinar si hubo violencia.
Otro argumento de la defensa fue la ausencia de espermatozoides, lo que llevó a exponer datos íntimos de la víctima y a sugerir que Catalina estaba ebria o «coqueteó» con Ronnie. Sin embargo, un examen de alcohol dio negativo, y los audios de esa noche demostraron que ella nunca quiso irse con él. El tribunal también dictaminó que la presencia o ausencia de líquido seminal no descartaba una agresión sexual.
Similar situación se presentó con el examen toxicológico. Catalina afirmó haber sido drogada, pero la prueba dio negativo. No obstante, el químico farmacéutico que tomó la muestra explicó que, idealmente, no deben pasar más de cinco horas entre el hecho y la toma de muestras de sangre y orina. Catalina llegó a la consulta casi el doble de tiempo después.
A pesar de estos intentos de desacreditación, en los alegatos de clausura, la fiscalía argumentó que ambos delitos fueron acreditados “más allá de toda duda razonable”, y que las víctimas “fueron vulneradas gravemente, no sólo en la esfera de la libertad sexual, sino que también en su derecho de acceso a la justicia”.
El tribunal dio por acreditados ambos hechos, las violaciones a Catalina y Julia. Durante la investigación, surgió una tercera denuncia de la expareja de Fook por abuso sexual, que derivó en una condena por violencia intrafamiliar.
Según el juzgado, “los elementos de prueba se aquilataron con peso suficiente para producir plena convicción sobre su responsabilidad como autor del ilícito (…) La participación de Fook Lorca en el delito se tuvo por demostrada, más allá de toda duda razonable”.
Así, el 20 de marzo de este año, el Juzgado de Arica condenó a Ronnie Fook a 10 años de pena por la violación de Catalina y otros seis por la de Julia, sumando un total de 16 años de cumplimiento efectivo. Se le reconocieron 11 días de abono por el tiempo en prisión preventiva.
La Decisión de la Corte Suprema y la «Falta de Fundamentación»
Sin embargo, la historia judicial no terminó ahí. El abogado Wladimir Robles, de la Defensoría Penal Pública de Arica, presentó un recurso de amparo ante la Corte de Apelaciones, que fue rechazado. Posteriormente, recurrió a la Corte Suprema, la cual acogió la solicitud. Los argumentos de la Corte Suprema, resumidos en cinco páginas, se centraron en la falta de fundamentación suficiente por parte del tribunal ariqueño para decretar la prisión preventiva.
“El Tribunal decretó la prisión preventiva del amparado teniendo como fundamento cardinal para su imposición el hecho de haber sido comunicado un veredicto de carácter condenatorio como autor de los delitos de violación (…) la resolución recurrida no contiene desarrollo argumentativo acerca de la concurrencia del literal. Como se viene explicitando, la resolución en cuestión carece de la fundamentación esperada para una que dispone la medida cautelar más intensa que considera nuestro ordenamiento jurídico, vulnerándose entonces el derecho a la libertad del amparado”, señala el fallo.
En términos sencillos, la Corte Suprema sustituyó la prisión preventiva por un arresto domiciliario nocturno (entre las 22:00 y las 6:00 horas) mientras la condena no esté ejecutoriada. La Corte Suprema argumentó que el tribunal de Arica, al condenar a Fook, no justificó de manera adecuada, más allá de la condena, las razones que sostenían la prisión preventiva, al no evaluar los argumentos de la defensa en su decisión.
“Pesa sobre el juez el deber de hacerse cargo de ellos en su resolución en la forma que las disposiciones antes comentadas demandan; de otro modo, esa sentencia no puede ser calificada como una decisión fundada”, puntualiza el fallo.
La decisión fue firmada por los ministros María Teresa de Jesús Letelier, Leopoldo Andrés Llanos Sagristá, María Cristina Gajardo Harboe y la abogada integrante Pía Verena Tavolari Goycoolea. El único voto en contra de esta medida fue el del ministro Manuel Antonio Valderrama Rebolledo.
Análisis de Expertos Legales
El abogado penalista Nelson Salas Stevens explicó que la Corte Suprema, de alguna manera, sanciona la actuación de los tribunales que no justifican una prisión preventiva, incluso en casos de delitos graves como la violación.
“Cuando decreta prisión preventiva tiene que fundamentarla. No basta con decir, ‘mire, está condenado y la pena es grave’. Tiene que dar un razonamiento como, por ejemplo, el riesgo de peligro de fuga. Eso, sumado a la acreditación de dos delitos sexuales y a las pruebas que se rindieron en el juicio oral. Esa es una resolución fundamentada respecto de la cual uno puede estar de acuerdo o no, pero está fundamentada”, señaló Salas.
Por su parte, la abogada Paola Sepúlveda Santibáñez, socia del estudio jurídico Defensa Privada del Norte, indicó que este tipo de decisiones han comenzado a acogerse desde el Caso Monsalve, también resuelto por la Corte Suprema.
“La Corte Suprema lo que dice en definitiva es que sí, que procede el amparo toda vez que el imputado, si bien es condenado, todavía no está ejecutoriada la sentencia. Y es en base al principio de inocencia… Es un discurso en realidad super básico que ocupa todo el mundo en la audiencia de revisión de prisión preventiva y que nunca se toma en consideración. Y esto coincide con el fallo en el caso Monsalve. Que también lo da la Suprema. Los argumentos son básicamente casi los mismos”, explicó Sepúlveda.
Catalina ha manifestado que ha enviado cartas incluso al Presidente Gabriel Boric para que la situación se revierta. Su mayor temor es que Ronnie conoce su dirección y ya ha sido amenazada con una contrademanda.
“Yo siempre dije que iba a demostrar mi verdad y la verdad siempre va a salir a la luz. Cuesta, cuesta harto, porque yo golpeé muchas puertas y se me cerraron en la cara. Entidades que se supone que velan por las víctimas…”, concluyó Catalina.
Los nombres de las víctimas fueron cambiados para proteger su identidad