Arica: Tribunal Laboral Condena A FAMAE Por Despido Indebido Tras Viaje A Tacna Con Licencia Médica

El Juzgado de Letras del Trabajo de Arica declaró injustificado el despido de un operario de Fábricas y Maestranzas del Ejército (FAMAE), desvinculado por viajar por el día a Tacna mientras estaba con licencia psiquiátrica. La sentencia descarta que la salida a Perú configure falta de probidad o conducta inmoral y ordena el pago de indemnizaciones a favor del trabajador. El caso quedó consignado en un fallo firmado por el juez Fernando González Morales.

Según el Poder Judicial, el tribunal concluyó que la empresa no acreditó que el viaje hubiese afectado el tratamiento ni el reposo indicado, ni que implicara una infracción a deberes de probidad. La resolución enfatiza que el reposo laboral no equivale a confinamiento: “aquel reposo no implica que el trabajador deba estar encerrado en su casa o en el lugar indicado en la licencia médica, sin oportunidad de salir de allí, nunca y por todo el período del descanso”; “la licencia médica no es una orden de arresto domiciliario total para el trabajador, ella no contiene la idea de reclusión, de confinamiento, de aprisionamiento”.

Medios locales y nacionales precisan que el empleado —operador de máquinas— cruzó por un día a la ciudad fronteriza y posteriormente fue despedido por FAMAE invocando “falta de probidad” y “conducta inmoral”. La cobertura coincidente indica que el tribunal ordenó a la empresa estatal pagar una indemnización que supera los $19 millones, además de recargos e incrementos legales asociados al despido.

El criterio central del fallo: “en caso alguno puede conformar una falta de probidad suya en el desempeño de sus funciones”, reforzando que la salida a Tacna no vulneró deberes funcionarias. En esa misma línea, el tribunal reprochó la falta de investigación interna por parte de la empresa y la ausencia de pruebas de impacto negativo del viaje en la salud del trabajador.

Contexto Jurídico: La decisión de primera instancia se apoya en criterios ya asentados por la judicatura laboral sobre el alcance de la licencia médica (derecho a ausentarse para recuperar la salud), y en la carga probatoria del empleador cuando invoca causales disciplinarias. El medio de comunicación capitalino consigna, además, que el tribunal calificó de desprolija la carta de despido y consideró un “abusivo alcance” de instrucciones administrativas. FAMAE puede impugnar por las vías legales correspondientes.