Con el inicio de 2026, se activan pagos nuevos ligados a la Reforma de Pensiones y continúan vigentes apoyos que apuntan a empleo, maternidad y protección social. En la práctica, el acceso depende del perfil de cada mujer (trabajadora, embarazada, madre o pensionada) y de si cumple requisitos específicos.
En el ámbito previsional, uno de los aportes que comienza a reflejarse en la pensión es el Beneficio por Años Cotizados, un monto adicional en UF que se suma a la jubilación. Está dirigido a personas pensionadas por vejez o invalidez en AFP o compañías de seguros con 65 años o más; para mujeres se exige un mínimo de 120 meses cotizados (10 años) y el cálculo considera 0,1 UF por cada 12 meses, con tope de 2,5 UF mensuales (equivalente a 25 años). Su pago parte en enero para quienes ya estén pensionadas y cumplan las condiciones establecidas, y el requisito de meses para mujeres sube gradualmente desde 2028.
También desde enero se incorpora la Compensación por Diferencias de Expectativa de Vida, pensada para complementar pensiones de mujeres y reducir brechas que se producen por las tablas de mortalidad. Se calcula en UF, tiene una compensación mínima de 0,25 UF, se paga desde los 65 años y no requiere postulación si se cumplen los requisitos. Aplica a mujeres de 65+ que hayan cotizado y reciban (o hayan recibido) pensión de vejez o invalidez como titulares en AFP o compañía de seguros, siempre que no estén cubiertas por el SIS, y contempla condiciones asociadas a cotizaciones en el Seguro Social antes de los 50 años, con excepciones según la fecha de afiliación.
Para quienes están activas laboralmente, el Bono al Trabajo de la Mujer (BTM) entrega un aporte que puede pagarse mensualmente o de forma anual. Está orientado a mujeres entre 25 y menos de 60 años que estén trabajando (dependiente y/o independiente) y cumplan criterios de focalización; el pago anual se realiza en agosto y los pagos mensuales operan como anticipos (75% del total), lo que puede implicar reliquidación o devoluciones si corresponde. El primer pago se realiza, en regla general, cuatro meses después de postular.
En maternidad, la Asignación Maternal es un aporte mensual para trabajadoras embarazadas (o para trabajadores cuya cónyuge embarazada sea carga de Asignación Familiar). Se solicita desde el quinto mes y, una vez reconocido el derecho, se paga retroactivamente por los meses previos del embarazo. Los montos dependen del tramo de ingresos, con rangos referenciales como $22.007, $13.505, $4.276 o $0 según el nivel de renta.
Para mujeres que ya están en edad de jubilación, el Bono por Hijo incrementa la pensión por cada hija o hijo nacido vivo o adoptado. No se entrega al nacer: se solicita cuando la madre cumple 65 años o más y reúne condiciones como residencia en Chile por períodos mínimos. El bono genera rentabilidad desde el nacimiento y equivale al 10% de 18 ingresos mínimos mensuales, con reglas de cálculo distintas si el nacimiento fue antes o después del 1 de julio de 2009.
Finalmente, en apoyo social, el Bono de Protección es un aporte mensual por 24 meses para familias o personas usuarias de Chile Seguridades y Oportunidades, al que no se postula: se activa al aceptar la invitación e incorporarse a programas como Familias, Abriendo Caminos, Calle o Vínculos. El monto varía por tramo (valores informados para 2025) y se reajusta cada 1 de febrero según IPC:
- Primeros 6 meses: $23.694
- Mes 7 al 12: $18.033
- Mes 13 al 18: $12.398
- Mes 19 al 24: $22.007 (referenciado al SUF)