Vacaciones Laborales: Cuántos Períodos Se Pueden Acumular En Chile

Muchas personas optan por “guardar” sus vacaciones para usarlas juntas más adelante, pero en Chile existe un límite legal para esa acumulación. La clave es que el tope no se mide por días sueltos, sino por períodos completos de feriado.

Cada vez que cumples un año de servicio, generas un período de feriado legal, equivalente a 15 días hábiles. Sobre esa base, la Dirección del Trabajo precisa que «el feriado se puede acumular hasta por dos períodos consecutivos, siempre que exista acuerdo entre trabajador y empleador».

Si ya tienes dos períodos acumulados, el empleador queda obligado a permitir el uso del más antiguo: «Ahora, el empleador cuyo trabajador tenga acumulados dos períodos consecutivos, debe otorgar al menos el primero de estos, antes de completar el año que le da derecho a un nuevo período».

En caso de que se deje pasar el tiempo y se intente acumular un tercer período, la DT advierte que eso no corresponde, ya que «implica una infracción del empleador y puede ser sancionado con multa administrativa».

Cabe señalar que la ley establece que el feriado legal (los 15 días hábiles por año) no puede compensarse en dinero mientras el contrato esté vigente, aunque existan períodos acumulados; en cambio, al término de la relación laboral sí corresponde pagar en el finiquito las vacaciones no utilizadas (incluidos períodos acumulados y feriado proporcional). La principal excepción es el feriado progresivo, cuyos días adicionales pueden pactarse y compensarse monetariamente por acuerdo entre trabajador y empleador.