Prohíben Uso De Celulares En Clases: Proyecto Avanza Con Prohibición General Y Excepciones Acotadas

La Comisión de Educación del Senado despachó el proyecto que regula el uso de teléfonos en establecimientos escolares y lo dejó listo para votación en Sala. La iniciativa prohíbe el uso de dispositivos móviles de comunicación personal durante las clases en parvularia, básica y media, extiende la restricción a toda la comunidad educativa (no solo al alumnado) y fija excepciones legales. Para educación media, los reglamentos internos podrán definir espacios, horarios o actividades específicas en que el uso sea permitido.

El texto —que refunde siete mociones— busca ordenar el uso de celulares en aula y priorizar el aprendizaje, sin impedir usos inclusivos, de seguridad o pedagógicos debidamente justificados. Además, obliga a los establecimientos a informar y formar a su comunidad sobre uso responsable de tecnologías y riesgos asociados (incluidos delitos). La tramitación ha ido endureciendo el alcance: desde propuestas iniciales más acotadas hasta una prohibición general en clases con salvedades precisas por salud, emergencia o fines educativos.

Detalle Excepciones De Uso

  • Ámbito de la prohibición. Rige durante las clases y actividades curriculares para parvularia, básica y media, y se extiende a toda la comunidad educativa (no solo estudiantes). Cada colegio deberá implementar cómo se cumple esta regla en su reglamento.
  • Excepciones permitidas (casos en que sí se puede usar):
    1. Salud / inclusión: estudiantes con necesidades educativas especiales o condiciones de salud que requieran el dispositivo (p. ej., apoyos, comunicación aumentativa, monitoreo). Debe estar debidamente justificado.
    2. Emergencia o seguridad: uso ante emergencias o catástrofes; y, de forma fundada, cuando padres/apoderados soliciten autorización por motivos de seguridad personal o familiar del estudiante.
    3. Fines pedagógicos específicos: cuando el docente lo autorice para una actividad curricular definida (p. ej., tomar evidencia, aplicaciones educativas, evaluación), con propósito y tiempo acotados.
  • Educación media: flexibilidad acotada. En media, los reglamentos podrán definir espacios, horarios o actividades específicas en que el uso sea permitido (fuera de clase, o en actividades determinadas). Esta apertura no elimina la prohibición general en clase.
  • Obligaciones del establecimiento. Además de regular la aplicación (dónde se guarda, quién autoriza, etc.), los colegios deben informar y formar a su comunidad sobre uso responsable de tecnologías y riesgos (incluidos delitos y acoso digital).
  • Qué NO hace el proyecto. No “confisca” por ley los aparatos ni prohíbe poseer un teléfono; apunta a restringir el uso en el tiempo/espacio escolar y a ordenar excepciones. (Este criterio es consistente con lineamientos comparados y orientaciones previas del Mineduc).

Estado De Trámite Y Precisión Temporal
La Comisión de Educación del Senado ya despachó el texto; ahora queda listo para votación en Sala. Hasta que no sea aprobado por ambas Cámaras y promulgado, aún no es ley y su redacción podría ajustarse en las siguientes etapas legislativas.